INFORMACIÓ GENERAL CONVALIDACIONS i EXEMPCIONS
Descarregueu aquestes sol·licituds segons tipus de convalidacions.
- Convalidacions que resol el centre
- Convalidacions que resol el Departament d’Educació
- Sol·licitud Exempció Estada en l’empresa
Data límit CONVALIDACIONS: 30 OCTUBRE
Data límit EXEMPCIONS: 30 NOVEMBRE
Avís important:
Fins que no és resol la convalidació l’alumnat deu assistir a classe.
Si l’alumne/a decideix no assistir a classe, serà sota la seva responsabilitat, i ,un document de compromís en el qual assumeix la possible resolució o no de la convalidació.
DOCUMENTACIÓ A PRESENTAR A LA SECRETARIA DEL CENTRE
- Sol·licitud de convalidació corresponent
- Fotocòpia del DNI/NIE/Passaport
- Títol o resguard de títol
- Certificat de qualificacions
CONVALIDACIONS IDIOMES:
En aquest cas s’aplica el que estableix el BOE 266 del 2 de novembre de 2017 (sec.1 pag. 104704)
CONVALIDACIONS DE FOL (FORMACIÓ I ORIENTACIÓ LABORAL) I EIE (EMPRESA I INICIATIVA EMPRENEDORA)
a) Alumnat que té aprovat FOL LOGSE i està matriculat en un cicle LOE
En aquest cas s’aplica el que estableix el BOE 266 del 2 de novembre de 2017 (sec.1 pag. 104704) en l’annex III:
Curs de Certificació de Prevenció de Riscos Laborals – Nivell Bàsic – Informació Treball – Modalitat a distància
b) Alumnat que té aprovat FOL LOE i està matriculat en un cicle LOE
En aquest cas s’aplica el que estableix el BOE 266 del 2 de novembre de 2017 (sec.1 pag. 104704) article únic:
Artículo único. Modificación de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
La Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 3, que queda redactado de la siguiente forma:
«1. Se establecen las siguientes convalidaciones:
d) Los módulos profesionales de Formación y Orientación Laboral, y de Empresa e Iniciativa Emprendedora, incluidos en los reales decretos que regulan los títulos de formación profesional aprobados de conformidad con la regulación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se convalidarán con independencia del ciclo formativo de grado medio o superior al que pertenezcan.”
Convalidacions EIE (Empresa i iniciativa emprenedora)
a) Alumnat que té aprovat Administració, gestió i comercialització en la petita empresa LOGSE, Organització i gestió d’una explotació agrària LOGSE, Organització i gestió d’una explotació agrària familiar LOGSE, Organització i gestió d’una petita empresa d’activitats de temps lliure i socioeducatives LOGSE, o bé disposa del títol de tècnic en Gestió administrativa LOGSE o del títol de tècnic superior en Administració i finances LOGSE i està matriculat en un cicle LOE. En aquest cas s’aplica el que estableix el BOE 266 del 2 de novembre de 2017 (sec.1 pag. 104704)
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FORMACIÓN APORTADA |
FORMACIÓN A CONVALIDAR |
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Módulos Profesionales de diferentes títulos regulados por la Ley Orgánica 1/1990 |
Empresa e Iniciativa Emprendedora (Ley Orgánica 2/2006) |
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GRADO MEDIO |
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Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa. (Cualquier ciclo formativo) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Administración y gestión de un pequeño establecimiento comercial. Ciclo Comercio. (Comercio y Marketing) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Organización y gestión de una explotación agraria familiar Ciclo Trabajos Forestales y de Conservación del Medio Natural. (Agraria) Ciclo Jardinería. (Agraria) Ciclo Explotaciones Agrarias Extensivas. (Agraria) Ciclo Explotaciones Agrícolas Intensivas. (Agraria) Ciclo Explotaciones Ganaderas. (Agraria) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Ciclo completo de Gestión administrativa. (Administración) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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GRADO SUPERIOR |
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Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa. (Cualquier ciclo formativo) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Organización y gestión de una pequeña empresa de actividades de tiempo libre y socioeducativas. Ciclo Animación Sociocultural. (Servicios Socioculturales y a la Comunidad) Ciclo Animación de Actividades Físicas y Deportivas. (Actividades Físicas y Deportivas) Ciclo Animación Turística. (Hostelería y Turismo) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Organización y control en agencias de viajes. Ciclo Agencias de Viajes. (Hostelería y Turismo) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Administración de establecimientos de restauración. Ciclo Restauración. (Hostelería y Turismo) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Administración y gestión de una unidad/gabinete de Ortoprotésica. Ciclo Ortoprotésica. (Sanidad) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Organización, administración y gestión de una unidad/gabinete de prótesis dentales. Ciclo Prótesis Dentales. (Sanidad) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Administración y gestión de un gabinete audioprotésico. Ciclo Audioprótesis. (Sanidad) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Organización y gestión de una empresa agraria. Ciclo Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos. (Agraria) Ciclo Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias. (Agraria) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
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Ciclo completo de Administración y finanzas. (Administración) |
Empresa e Iniciativa Emprendedora |
b) Alumnat que té aprovat EIE LOE i està matriculat en un cicle LOE. En aquest cas s’aplica el que estableix el BOE 266 del 2 de novembre de 2017 (sec.1 pag. 104704) article únic:
Artículo único. Modificación de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
La Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 3, que queda redactado de la siguiente forma:
«1. Se establecen las siguientes convalidaciones:
d) Los módulos profesionales de Formación y Orientación Laboral, y de Empresa e Iniciativa Emprendedora, incluidos en los reales decretos que regulan los títulos de formación profesional aprobados de conformidad con la regulación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se convalidarán con independencia del ciclo formativo de grado medio o superior al que pertenezcan.”





